| EN 1902 ES COMUNICADO EL LAUDO DE SU MAJESTAD BRITÁNICA PARA RESOLVER LAS CONTROVERSIAS TERRITORIALES CHILENO-ARGENTINAS EN LOS VALLES Y HOYAS CORDILLERANAS DE LA PATAGONIA AUSTRAL. AUNQUE EL FALLO DEL TRIBUNAL BRITÁNICO RESULTÓ TREMENDAMENTE DAÑINO A LOS INTERESES DE CHILE, EL MISMO DETERMINÓ QUE EL ÁREA OCCIDENTAL COMPRENDIDA ENTRE EL LAGO SAN MARTÍN Y EL MONTE FITZ ROY ERA CHILENA. POSTERIORMENTE, ALLÍ SE DESCUBRIÓ EL TERRITORIO HOY LLAMADO LAGUNA DEL DESIERTO, SOBRE EL CUAL ARGENTINA LEVANTÓ UNA NUEVA DISPUTA QUE CULMINARÍA EN LA ENTREGA TERRITORIAL DE 1994 ******************************************* Consecuencias del Laudo de 1902. La situación del límite austral
Chile renunció a todos sus derechos en la Patagonia Oriental por el Tratado de 1881, cuando Argentina sacó partido de la situación militar que involucraba por el norte a Chile durante las Guerra del Pacífico, invadiendo todo el sector de la pampa y amenazando con abrir un nuevo frente de conflicto bélico por el Sur si no se ponía fin de inmediato a la controversia. En consecuencia, Chile entregó de un solo plumazo cerca de un millón de kilómetros cuadrados de territorio que, por principio de uti possidetis, le correspondían desde tiempos coloniales. A poco de andar, sin embargo, comenzaron nuevos desacuerdos sobre la frontera cordillerana y Argentina comenzó a exigir que el límite se trazara ahora cortando aguas por las más altas cumbres, y no dividiendo hoyas pacíficas de las atlánticas como se establecía en el Tratado de 1881. La nueva controversia obligó a llamar al Rey de Gran Bretaña para un arbitraje, pues la Casa Rosada comenzó a protestar nuevamente contra el límite internacional, esta vez en los valles de la zona austral donde había comenzado a instalar ilegalmente asentamientos humanos (San Martín de Los Andes, Lago Lacar, etc), y luego de ver insatisfechas sus aspiraciones de salida al Pacífico por el mecanismo de delimitación por división aguas, pretendiendo ahora llegar más allá del cordón montañoso, hasta el monte San Valentín inclusive. El proceso arbitral debía iniciarse con el Acuerdo de abril de 1896, pero sucesivos atrasos de parte de la representación argentina permitieron que comenzara sólo en 1898, con la emisión de las Actas de los Peritos Barros Arana, por Chile, y Francisco Moreno, por Argentina. Cabe consignar que para elaborar estas Actas, ambos peritos se pararon del lado oriental de la cordillera de Los Andes (en Argentina) y desde allí comenzaron a identificar las más altas cumbres visibles. A consecuencia de ello, ambos estuvieron completamente de acuerdo en que el monte Fitz Roy era una cumbre fronteriza, coincidiendo también en el mismo límite de Campo de Hielo Sur ahora desconocido por la Argentina. Su Majestad Británica comunicó los resultados cuatro años más tarde, desfavoreciendo principalmente a la parte chilena al haber aceptado aplicar la divisoria local de aguas por sobre la divisoria continental, complaciendo de este modo a la posición Argentina. Sobre esto último, el Coronel Manuel Hormazábal, en "¡Dialogando con Argentina...! 1819 - 1978" (Santiago, 1979), escribe lo siguiente:
Cabe advertir que el Protocolo de 1893 había establecido, unos años antes, que Chile no podría pretender punto alguno hacia el Atlántico ni Argentina hacia el Pacífico, en los siguientes términos:
El resultado del fallo arbitral de 1902 fue una flagrante violación a este principio, al colocar a la Argentina en posesión de valles y hoyas innegablemente pacíficas. Aún así, Chile lo acató en silencio. Sin embargo, la Argentina comenzó a cuestionarlo inmediatamente iniciados los trabajos de demarcación, tendencia que nunca se ha revertido. El Capitán H. L. Crosthwait consideraba necesario demarcar el punto preciso en que el límite del Laudo atravesaba la ribera Sur del lago San Martín, junto al río Mayer, del que hablaremos más abajo. Sin embargo, las difíciles condiciones climáticas y los problemas para cargar las pirámides de demarcación obligaron a Crosthwait a tomar la decisión de partir solo a concluir las expediciones en bote, por las aguas del canal Chacabuco, desoyendo las protestas de los agentes Bolados y Arenberg, representantes de Chile y Argentina respectivamente, además de las resistencias del Capitán argentino Juan Herberg, todos ellos encargados de levantar el dificultoso hito. Tras una peligrosa travesía, el Crosthwait levantó un lote de piedras como sustituto de las pirámides, anotando en un papel que dejó dentro de una botella en el lugar:
Divisoria continental de aguas vs. divisoria local ¿Cuál correspondía? Este crucial tener en cuenta que, durante el Laudo de 1902, Chile sostenía que el único criterio a considerar en la delimitación debía ser el del Artículo 1º del Tratado de 1881, es decir, el "divortium aquarum" o divisoria continental de aguas: todos los territorios de vertientes hidrográficas que desaguan en el Pacífico pertenecen a Chile y las que lo hacen en el Atlántico pertenecen a Argentina. Para la zona que demanda la atención de este artículo, el Laudo establecía textualmente lo siguiente:
Sobre el alcance de estas palabras, el Coronel Alberto Marín Madrid, experto ex geógrafo e ingeniero del Instituto Geográfico Militar, escribe en "Los Problemas Fronterizos en Pocas Líneas":
Esta descripción coincide exactamente con la demarcación provisoria que hiciera en forma solitaria el Capitán Crosthwait, según hemos visto más arriba. Aunque el representante argentino Arenberg conoció y validó personalmente el hito, el compromiso contraído con Bolados de reemplazarlo por una pirámide sufrió varias postergaciones odiosas que permitieron a la parte platense configurar una nueva interpretación de la línea fronteriza, que se alejaba radicalmente del texto del Laudo. Sin embargo, la tesis argentina presentada para el arbitraje postularía años después que el criterio demarcador debía ser la divisoria local de aguas, es decir, con referencia a las divisorias de aguas secundarias que corren a uno y otro lado de las divisorias continentales separadas por las más altas cumbres de la cordillera nevada. Esta propuesta pretendía conservar para la Argentina territorios de cuenca pacífica que correspondían a Chile por el Tratado de 1881, cortando ríos y lagos donde fuese necesario y alterando las referencias que aquí se han comentado sobre el texto del Laudo de 1902. A tal punto se encontraba el interés de los comisionados argentinos por hacer prevalecer esta tesis, que el Perito Francisco P. Moreno llegó al ilícito de ordenar trabajos de desvío artificial del río Fénix en 1898, conectándolo al río Deseado, para que el lago Buenos Aires (General Carrera) luciera con doble cuenca y el árbitro británico optara por considerar la tesis chilena como inaplicable en la realidad geográfica. Años después, el ciudadano ítalo-argentino Clemente Onelli, encargado de dirigir los trabajos de desvío, reconocería que "bastó perforar con la pala un cordón de morena para modificar una división de aguas oceánica, con las consiguientes consecuencias políticas para el territorio". Como ambas tesis eran evidentemente inconciliables, el árbitro británico consiguió una autorización verbal de ambos Gobiernos para una línea de medianía entre las posiciones extremas, repartiendo "equitativamente" entre ambos cerca de 90 mil kilómetros cuadrados que, según el texto del infausto Tratado de 1881, correspondían enteramente a Chile. Por esta razón, los límites del territorio austral al suroeste de Lago San Martín, conocido como Laguna del Desierto y de unos 532 kilómetros cuadrados, quedaron completamente definidos a principios del XX, en acuerdos y tratados firmados para la posteridad por ambas partes: el Laudo de Su Majestad Británica de 1902 y las consecutivas Actas de la Comisión Demarcadora de 1903, liderada por el explorador inglés Holdich. Constituían, así, el punto de partida obligatorio para cualquier tipo de consideración sobre la frontera en la zona: el asunto fue juzgado y se acabó.
Pues bien, cabe preguntarse a estas alturas: ¿Qué es lo que decían, entonces, estos instrumentos jurídicos internacionales de 1902 y 1903 sobre el límite chileno-argentino en Laguna del Desierto?. Como hemos dicho, a pesar de lo desfavorable que resultó para Chile este arbitraje británico, al dejar para la Argentina todos los asentamientos humanos que ya tenía instalados en los territorios disputados, la simple observación del texto del Laudo Arbitral de Su Majestad Británica de 1902, las cartografías adjuntas y, muy especialmente, el Acta de Demarcación que tuvo la última y definitiva palabra en la zona, no dan lugar a dudas de que el árbitro consideraba que era TERRITORIO CHILENO, Y PUNTO. Volvamos a revisar las partes claves del texto del Laudo:
E, inmediatamente después, señala aludiendo al Tratado de 1881 y las Actas de 1898:
Volviendo a Marín Madrid, comenta el autor:
Como se advierte en todo este texto, el Árbitro Británico está considerando los siguientes hechos innegables:
Vale recordar que en la difícil instalación del Hito 62, precisamente en esta zona, participó en 1903 el ciudadano danés-argentino Andreas Madsen, colono de las inmediaciones de Estancia Fitz Roy, quien años más tarde publicaría un catálogo turístico titulado "Cazando Pumas en la Patagonia", donde dibuja un mapa en el que se observa claramente que Laguna del Desierto es territorio chileno, agregando en el texto que dicho territorio se encuentra poblado sólo por colonos de esa misma nacionalidad. La mayoría de ellos se dedicaban a la ganadería y la agricultura básica. Desde los años veinte, comenzaron las primeras exploraciones importantes en la prácticamente desconocida zona de Laguna del Desierto. Todos los colonos eran chilenos y lo seguían siendo a la visita del Padre Alberto María de Agostini, quien escribe en "Los Andes Patagónicos", en 1937, al contratar en Laguna del Desierto a un arriero chilote conocido como "don Vidal" (Pedro Cañumán):
La visita de De Agostini no fue el único argumento aportado por algún ilustre sobre la presencia chilena en la zona. En 1932, los famosos exploradores F. Reichert e Ilse von Renzel habían alojado en la casa de los Mansilla, mientras se encontraba de paso por el bosque austral patagónico. Los primeros colonos y pioneros de la zona, todos chilenos, marcaron este importante historial en la región:
Varios catastros y enviados del Gobierno Central habían tenido lugar en el territorio. Luego de que el Presidente Ibáñez creara la Provincia de Aisén durante su primer Gobierno (1929), muchos chilenos radicados en Argentina retornaron a suelo patrio para instalarse en Laguna del Desierto. En 1933, el ingeniero Fernández Correa demarcó algunos de los lotes, entre los que se encontraban los de Percibal Knight y Evangelista Gómez. En 1935, el agente de la Oficina de Tierras de Magallanes, don Héctor Puchi, recorrió la zona extendiendo títulos de dominio provisorios a algunos colonos, entre los que encontraban los Sepúlveda. A principios de 1945, concurrió una comisión especial del Registro Civil de Magallanes para otorgar cédula nacional de identidad a algunos colonos como Margarita Sepúlveda Cárdenas. Ese mismo año, se levantó un inventario del sector, ordenado por el Ministerio de Obras Públicas al explorador Juan Augusto Grosse. En 1947, se constituyó en el lugar el agrimensor de la Oficial de Tierras de Punta Arenas, don Fernando Fuentes. En 1950, el teniente Tucapel Vallejos realizó un catastro de todas los habitantes y su ubicación (ver más abajo). En 1957, el Presidente de la Comisión Chilena de Límites, General Gregorio Rodríguez Tascon, recorrió toda la zona acompañado del Coronel Arturo Araya Arce. En 1961, realizó su propia exploración en río Las Vueltas el Teniente Coronel Florián Silva Arce, y ese mismo año se funda el Retén de Carabineros Lago O'Higgins... Como se ve, los actos de soberanía en Laguna del Desierto chilena fueron cuantiosos y sumamente significativos. Hacia los años sesentas, habitaban en la zona varias otras esforzadas familias chilenas: los Bahamonde Azócar, los Barrientos Lagos, los Miranda Carrasco, los Segura Barrientos y los Levicán Marques.
Desde la instalación del Hito 62, en la que hemos recordado la participación de Madsen, nunca hubo alguna clase de problemas con Argentina en relación a Laguna del Desierto. Pero todo cambió de súbito entre 1949 y 1950, cuando el entonces Teniente Tucapel Vallejos Reginatto, futuro General y Ministro de Agricultura del Gobierno Militar, informó de amenazas y hostigamientos a los colonos de Laguna del Desierto por parte de oficiales de Gendarmería Argentina, quienes les aseguraban que se encontraban en territorio de su país. Veremos que esto era sólo el principio de una serie de episodios de abusos y hostigamientos de parte de los oficiales argentinos en la zona. La razón de esta actitud -hoy sabemos- era que en el país platense se había continuado desarrollando una línea geoestratégica basada en los estudios del Perito Francisco P. Moreno, sobre lo que llamó "encadenamiento principal" de los Andes, por donde, a su juicio, debía correr la frontera chileno-argentina. En 1902, cuando se dictó el fallo británico, sólo se conocía la línea de altas cumbres del lado Oriente, llamado Martínez de Rozas, y no el Mariano Moreno (así bautizado por los argentinos), situado más al Occidente y en territorio chileno. En efecto, la línea de frontera del Laudo de 1902 y las demarcaciones está trazada por la cadena de la cordillera andina que puede verse parado en suelo argentino y mirando en dirección al Pacífico, siguiendo la divisoria local de aguas (opuesta a la divisoria continental) y cortando la hidrografía, conforme la propia tesis argentina lo había propuesto. Fueron las exploraciones y las investigaciones de viajeros como D'Agostini, en años posteriores, las que fueron demostrando la existencia de otro cordón montañoso, correspondiente al Mariano Moreno y casi paralelo a la frontera, pero más hacia el Oeste, en pleno territorio chileno y al lado occidental de Laguna del Desierto. Importante participación en este descubrimiento tuvo un levantamiento aerofotogramétrico encargado por la Fuerza Aérea de Chile a la Fuerza Aérea de los Estados Unidos en 1947, que da inicio al conocimiento oficial del territorio. Es precisamente por esta cordillera que, ahora, la Argentina comenzaba a exigir la traza de la línea limítrofe de Laguna del Desierto. Como Laguna del Desierto era de cuenca atlántica y el criterio de 1902 había sido la divisoria local de aguas sin importar su vertiente, la propaganda argentina comenzó a pregonar la necesidad de "definir" la frontera de vuelta al mismo concepto de la divisoria continental de aguas del Tratado de 1881, que habían descartado ante el árbitro británico. Es por esta razón que los nacionalistas argentinos, en la actualidad, cada vez que intentan fundamentar sus pretensiones sobre Laguna del Desierto y Campo de Hielo Sur, jamás mencionan o muestran las Actas de 1898, donde se hace evidente que solicitan en forma oficial el corte de aguas como criterio delimitador. En definitiva, la nueva pretensión argentina adolecía de los siguientes problemas que la hacían inválida a los ojos del derecho territorial:
El único argumento relativamente valedero que la Argentina logró ofrecer, en cambio, contra la posición chilena y el supuesto desajuste de ésta al texto del Laudo, se refiere a la situación del río de la Vuelta: la traza chilena es cortada por este accidente, de modo que no sería divisoria de aguas, sino corte de aguas, pues si hubiese sido el primer caso, la demarcación debería haberse realizado a ambos lados del río. Sin embargo, este débil argumento cae bruscamente si revisamos las cartas de las que disponían los demarcadores y verificamos que, en ellas, dicho río no aparecía señalado, pues el levantamiento topográfico nunca estuvo completo antes de iniciar la colocación de hitos. Lo más sorprendente de la comparación de argumentos, sin embargo, es que si el criterio de delimitación que prevaleció en 1902 fuese realmente el que Argentina alegaba con sus pretensiones sobre Laguna del Desierto ya declaradas, debiese devolverle a Chile un sinnúmero de ríos de vertiente pacífica cortados por la frontera y al menos dos grandes lagos que no desaguan naturalmente en el Atlántico, sino en el Pacífico: el O'Higgins-San Martín y el General Carrera-Buenos Aires.
En marzo de 1950, el Teniente Vallejos fue instruido a volver al lugar y hacer un catastro minucioso del territorio y los habitantes. Con grandes sacrificios que, entre otras cosas, le significaron a su equipo tener que dar muerte a uno de sus caballos para no perecer de hambre, el joven uniformado logró verificar que todos los colonos chilenos y sus predios se encontraban en territorio soberano de Chile. Lamentablemente, un hecho inconveniente vino a tener, reanimando las hoguera pretensiones argentinas sobre el territorio. Ya que en Chile no existía la tecnología de trimetrogón para hacer mapas precisión exacta, se le encargó el trabajo de trazar uno actualizado a la Fuerza Aérea de los Estados Unidos, en base a los trabajos de 1947. Aquel año, los cartógrafos norteamericanos habían visto que Laguna del Desierto conectaba con el Atlántico y no al Pacífico, dando erradamente por hecho que era territorio argentino, pues ignoraban que la línea divisoria del Laudo de 1902 pasaba por el cordón Martínez de Rozas y no por la cadena occidental, para entonces desconocida. El mapa fue publicado en Chile el año 1953, circulando en calidad de carta preliminar, pues era origen técnicamente foráneo, de modo que no más tenía valor interno al territorio que el de cualquier otro mapa producido en el extranjero. Por tal razón, tenía un rótulo impreso con la frase "fronteras en estudio". Sin embargo, al descubrirse que el mapa ponía a Laguna del Desierto en territorio argentino, los ilustres senadores Raúl Marín Balmaceda y Exequiel González Madariaga obligaron a retirarlo y se amonestó al Director de Instituto Geográfico Militar. No volverían a presentarse grandes problemas hasta que, en 1961, se funda en el sector el Retén de Carabineros Lago O'Higgins. Desde ese momento en adelante la actitud de los gendarmes argentinos se volvió continuamente agresiva y acosadora, persiguiendo a los colonos sin motivo y amenazándolos con expropiar sus bienes si no se presentaban en Río Gallegos para declarar su propiedad. Enterados de la existencia de la carta norteamericana circulando en Chile, se habían provisto de algunas copias para exponerlas ante los colonos como "prueba" de que se encontraban ocupando territorio argentino. En este progresivo clima de enfrentamiento, sucedió lo peor en noviembre de 1965, cuando un grupo de casi cien gendarmes argentinos invaden Laguna del Desierto y atacan a mansalva a un grupo de 4 carabineros chilenos acompañados de dos niños, ocasión en la que cae asesinado de un tiro el Teniente Hernán Merino Correa. Jamás volverían a retirarse del lugar y, por el contrario, la historiografía oficial de la Argentina comenzó a revisar sus propios textos, afirmando que Laguna del Desierto había sido descubierta por los argentinos sólo a fines de la década del cuarenta, pero que los chilenos habrían comenzado a llegar al lugar haciendo valer ilegítimamente su soberanía sólo hacia 1957. Estas afirmaciones desconocían, entre otras muchas cosas, que el primer colono de la zona era chileno y llegó al lugar en 1921, como hemos dicho más arriba. A partir de 1969, ajustaron toda su cartografía oficial al error del mapa norteamericano de 1947, que seguía equivocadamente la divisoria continental de aguas al Oeste del área disputada. Finalmente, en 1991 el Gobierno del entreguista Patricio Aylwin Azócar y su Canciller Enrique Silva Cimma, creyó necesario mejorar la imagen internacional del Chile "pos dictadura", buscando un acercamiento con las países vecinos y especialmente una integración comercial con la Argentina. Desde la Casa Rosada, Carlos Saúl Menem propuso dar el primer paso resolviendo todos los conflictos limítrofes "pendientes" entre ambos países, gestión que culmina en la Declaración Presidencial de ese año. Esta trampa terminará en la formal entrega de Laguna del Desierto, por un viciadísimo fallo arbitral de 1994. | |||