VICIOS Y ERRORES DEL ACUERDO PARA CAMPO DE HIELO SUR
VICIOS Y
ERRORES DEL ACUERDO PARA CAMPO DE HIELO SUR
(14-4-1999)
Acuerdo sobre Campo de Hielo Patagónico Sur
Los presidentes de Chile y Argentina han firmado, el 16 de diciembre de 1998, un nuevo acuerdo sobre el trazado de la frontera ente el monte Fitz-Roy y el Daudet, que regala otros 1.200 km.2 de territorio chileno a nuestros vecinos del Este.
Este tramo de frontera fue fijado en el Tratado de 1881, por el cual Chile perdió un millón de kilómetros cuadrados en favor de Argentina.
La línea en la misma ubicación, fue acordada en el Acta del 1º de Octubre de 1898, con la cual entregamos otros 40.000 km2. a nuestros vecinos del Este.
El Laudo de SMB Eduardo VII de 1902 confirmó la frontera por la misma ubicación que aún tenemos. Lo cual constituye "Cosa Juzgada" a perpetuidad.
Estas razones jurídicas, históricas y geográficas no han sido respetadas y se propone modificarlas en un sector donde nuestro territorio es más angosto, alcanzado sólo 5 a 8 kms. de ancho, entre los fiordos y la frontera con Argentina.
Aunque reconocemos que la frontera no puede modificarse, mostraremos algunos vicios del Acuerdo del 16.12.1998.
Los defensores esgrimen que éste soluciona el último conflicto limítrofe con Argentina, en circunstancias que sólo soluciona el 20% del recorrido, entregando el 80% restante a la Comisión Mixta de Límites, lo cual es inconstitucional.
Este acuerdo propone la línea por la divisoria continental de aguas, principio que Argentina negó en 1898 y 1902, lo que significó para Chile una pérdida de 40.000 km2., como ya dijimos.
Por otra parte, en los hielos no existe una "Divisoria permanente de Aguas", por cuanto subsisten cuatro tipos de aguas que corren en ellos, de acuerdo a estudios glaciológicos.
Los hielos son masas movedizas, que crecen, se reducen y trasladan, lo cual impide colocar hitos fronterizos sobre ellos.
En suma, el recalentamiento del planeta provoca la desaparición de grandes masas de hielo, con cambios en el curso de las aguas, la aparición de lagos, etc., como lo han probado recientemente algunos investigadores británicos y estadounidenses.
El Acuerdo del 16 de diciembre de 1998 no prevé la modificación de las cuencas del Atlántico y del Pacífico y por ende la frontera, en base al principio acordado en 1881.
Este acuerdo se debate sobre cartografía argentina falseada (monte Stoke), con lo cual más encima, cedemos 40.000 Hás. de nuestro Parque de Torres del Paine, a nuestros hermanos argentinos.
Por estas determinantes razones, manifestamos nuestra firme voluntad de que el debate y por tanto la decisión, sobre este acuerdo debe postergarse hasta que Chile cuente con una cartografía nacional y se establezca la defensa de nuestros derechos.
Atentamente,
Benjamín
González Carrera
Corporación de Defensa de la Soberanía