CAMPO DE HIELO PATAGÓNICO SUR: ¿ACASO TIERRAS OLVIDADAS?

CAMPO DE HIELO PATAGÓNICO SUR: ¿ACASO TIERRAS OLVIDADAS?
Revista "Ercilla" Nº 3.343, edición del 7 al 20 de abril de 2008

Pese a su importancia estratégica poco se habla de Campo de Hielo Patagónico Sur. En el intertanto, una Comisión Mixta de expertos chilenos y argentinos dirime a puertas cerradas.

“Me duele profundamente lo que ocurre en relación a Campo Patagónico de Hielo Sur (CHPS). En realidad, nadie sabe de la gestión de la Comisión Mixta surgida del acuerdo entre Chile y Argentina en 1998. Ya su formulación fue un error de la Cancillería chilena, porque somete a arbitraje situaciones que estaban definidas desde el año 1902. Es una negociación de espaldas al país y luego de la pérdida de Laguna del Desierto en 1995 es para preocuparse, ¿no le parece?”, precisa Jorge Figueroa Cruz, presidente de la Corporación de Defensa de la Soberanía. “Es un problema país, que supera la coyuntura de los gobiernos y como se ha manejado me atrevo a decir que es un suicidio geopolítico”.

“Nadie sabe de la gestión de la Comisión Mixta surgida del acuerdo entre Chile y Argentina en 1998. Ya su formulación fue un error de la Cancillería chilena, porque somete a arbitraje situaciones que estaban definidas desde el año 1902”, señala Jorge Figueroa Cruz, presidente de la Corporación de Defensa de la Soberanía.

La problemática de CHPS deriva del acuerdo formulado en 1991 entre los ex mandatarios Patricio Aylwin y su par trasandino, Carlos Menem “con la finalidad de resolver todos los problemas fronterizos pendientes entre Chile y Argentina”. Este acuerdo “le abrió la llave” al acuerdo de 1998.

Un paso que nunca debió darse, como se precisa en una carta publicada en El Mercurio el pasado 22 de febrero. En ella, Manuel Cruzat Valdés apunta que el tema ya estaba definido por el Tratado de 1902. Precisa que “el Laudo de 1902 llevó a Chile a tener que entregar a Argentina las cuencas de los lagos Lácar y Puelo y las mitades orientales de los lagos Palena, General Carrera, Cochrane y O´Higgins, a pesar que todos estos lagos vertían sus aguas hacia el Pacífico. Probablemente como compensación a las irregulares pérdidas anteriores y porque los Campos de Hielo tienen su origen en el Pacífico y vierten principalmente a este océano es que quedaron en territorio chileno en aquel Laudo. Dado lo anterior, ¿por qué ahora se esgrime el criterio olvidado de 1881 sobre una parcialidad sin considerar la transacción en su conjunto? ¿Se quiere volver al criterio de 1881, pero sin restituir lo perdido en 1902? Ya ocurrió una vez con la Laguna del Desierto, que bajó el Laudo de 1902 quedó en Chile, pero que se perdió recientemente, porque se volvió a privilegiar de forma parcial el hecho que tenía salida hacia el Atlántico, el criterio del Tratado de 1881. Las transacciones, como el arbitraje señalado de 1902, son por definición globales, y por ello no se puede parcializar cada parte de éstos, porque responden a un conjunto. Es por ello que no corresponde siquiera discutir sobre los Campos de Hielo si no se discute sobre los otros grandes lagos. Como lo último no va a ocurrir, lo primero se debe evitar. Y si se insiste y acuerda entre ambos países volver sobre el criterio de las más altas cumbres que dividan aguas, entonces hagámoslo sobre el total”.

MAYOR RESERVA DE AGUA

El ingeniero Miguel Zauschkevich precisa que CHPS “consiste en una sucesión de glaciares que se extiende a lo largo de la cordillera de Los Andes entre el sur de la XI Región de Aysén y el norte de la XII Región de Magallanes, y que cubre una superficie aproximada de 13.000 kilómetros cuadrados. Se encuentra en la frontera de las repúblicas de Chile y Argentina, y constituye la mayor reserva de agua sólida continental del hemisferio sur, después de la Antártica.

Históricamente, ¿cuál es la situación limítrofe?

–La delimitación entre Chile y Argentina en el sector fue definida por el árbitro, Su Majestad Británica, en el fallo del año 1902, y acordada en terreno en 1903 por los peritos chileno y argentino, Diego Barros Arana y Francisco P. Moreno, respectivamente. Sin embargo, a lo largo del siglo XX, Argentina ha presionado permanentemente a Chile para modificar dicha línea e ir desplazando la frontera hacia el oeste, acercándose así progresivamente al océano Pacífico. Chile ha aceptado esta política de revisión de temas que ya habían sido zanjados mediante el fallo arbitral comentado, perdiendo cada vez más territorio. En el último de dichos episodios, el 16 de diciembre de 1998, Chile y Argentina suscribieron un acuerdo mediante el cual acordaron un nuevo límite entre el cerro Murallón y el cerro Daudet, habiendo quedado pendiente la definición del límite entre el monte Fitz-Roy y el cerro Murallón. En dicho acuerdo se establece claramente que el límite en el sector señalado deberá ser definido conjuntamente, y que así deberá ser indicado en las cartas geográficas de ambos países.

FRONTERAS INTERIORES

Zauschkevich sostiene que “a pesar de ser Chile un país cercano al desarrollo, aún conserva en su territorio una frontera interior; en geopolítica, una frontera interior es un sector del país aislado del resto por su bajo nivel de infraestructura vial, sanitaria y educacional, así como por la carencia de actividades económicas relevantes, y que en consecuencia no participa activamente de la vida económica y social el país. Las autoridades chilenas deben tomar la decisión de Estado de terminar de unir Chile de norte a sur, construyendo el tramo de 980 km. que se extiende entre estas dos localidades, por la vertiente poniente del Campo de Hielo. Hace más de 30 años, en 1976 –cuando nuestro país disponía de mucho menos recursos de los que dispone hoy– las autoridades de la época tomaron dicha decisión de Estado para unir por tierra Puerto Montt y Villa O’Higgins a lo largo de 1.170 km., proyecto que fue continuado por los gobiernos posteriores, y que concluyó hace más de dos décadas después, el año 2000”.

¿Qué puede concluir de sus estudios en torno a CHPS?

–CHPS es un sector de capital importancia estratégica para nuestro país… Es un tema de Estado, que sobrepasa la extensión de un período presidencial.

LA COMISIÓN MIXTA

La Comisión Mixta chilena-argentina recién está en su primera etapa de trabajo y está elaborando mapas cartográficos. Se estima que la primera fase durará alrededor de tres años. María Pía Castillo Vicuña, autora de una valiosa tesis, inédita, “La Ley del hielo”, es crítica de su gestión. “Creo que se le debe dar carácter de urgencia al litigio de CHPS, acelerando los procesos de la Comisión Mixta para que se llegue a un acuerdo lo antes posible, evitando así un futuro arbitraje como sucedió con Laguna del Desierto”.

Senador Horvarth, ¿qué antecedentes ha podido recabar de la Comisión Mixta?

–Entiendo que esta Comisión Mixta solamente está reuniendo información tanto científica, geográfica como histórica, más todos los antecedentes legales que permiten definir las posiciones de los dos países a fin de establecer algún acuerdo posible. Dado que las autoridades de los dos últimos gobiernos argentinos provienen de la provincia de Santa Cruz, provincia en la cual está situada el área de controversia, dudo mucho que haya condiciones para establecer una negociación sin presiones. En esta materia Chile tiene que defender el acuerdo histórico que tuvo a fines del Siglo XIX.

¿Es necesario que las sesiones sean secretas?

–Es comprensible que algunos temas puedan tener carácter reservado o secreto. Lo que sí es importante es tener claro los derechos de Chile e informarlos en mapas y documentos de acceso público.

VIVIENDO EN EL HIELO

Pablo Besser, médico y explorador del CHPS, fue el primero en lograr el cruce completo de norte a sur. “Fue una travesía de 98 días, durante el verano de 1998-99”.

Pablo, ¿qué lo motivó?

–La aventura. Un viaje anterior me había dejado una huella imborrable. Quedé enamorado de la región.

Besser precisa que la zona es un desafío permanente. “El viento puede llegar a 150 kilómetros. Varias veces nos elevó y nos botó a un lado del camino. El frío es hasta -10° que no es muy helado para una travesía polar, pero si estás siempre húmedo, la combinación es rigurosa”.

Poco se sabe de CHPS, ¿cree que Chile, es decir, sus gobiernos, viven de espalda a esta realidad?

–Chile vive de espalda al norte de La Serena y al sur de Puerto Montt. Hay una política de desinformación. Los mapas del año 1995 a 1998 del Instituto Geográfico Militar no son públicos. No se ha trazado la línea que falta por definir, ya que ninguna de las dos señoras presidentas quiere meterse en líos.

POLÍTICA EXTERIOR EN LAS SOMBRAS

En una reciente entrevista realizada por la Revista Ya, de El Mercurio, a la directora de la Dirección de Fronteras y Límites, María Teresa Infante, no se refiere en absoluto a CHPS. El tema no está en la agenda pública. En la edición del 4 de julio del año 2006 de Estrategia aparece una carta firmada por el presidente de la Corporación de Defensa de la Soberanía, Jorge Figueroa Cruz, quien precisa: “Por fuentes fidedignas nos hemos enterado que el territorio chileno de Campo de Hielo Patagónico Sur, ha sido regalado a la Argentina como conclusión de la labor que la Comisión Mixta venía realizando en cumplimiento del acuerdo parlamentario de 1998. Nuestras autoridades sólo esperan el momento indicado para poder comunicar públicamente esta gravísima noticia”. La carta dirigida a la presidenta Michelle Bachelet no ha tenido respuesta. Tampoco de la Chancillería.

Figueroa precisa que existe “una verdadera confabulación contra la soberanía chilena en esta zona, artificialmente comprometida en un litigio territorial”. A juicio de Figueroa, se trata de decisiones “inconstitucionales, que han atropellado el principio de intangibilidad e inmodificalidad de los tratados limítrofes”. Apunta que “el Protocolo chileno-argentino de 1941, que creó la Comisión Mixta, le otorgó funciones de demarcación y no de delimitación fronteriza, como es éste el caso”. Según Figueroa, “Chile quedará cortado en dos. Argentina se convertirá en una potencia bioceánica. Además, ganarán varias hectáreas del Parque Torres del Paine, y la continuidad territorial se verá aún más afectada”.

Son respuestas que debe responder la Cancillería. Ercilla solicitó entrevista con la directora de la Dirección de Fronteras y Límites, pero no fue posible por “su recargada agenda”.

LOS PRÓXIMOS PASOS

¿Cuánto demorará en su informe la Comisión Mixta? Sólo sabemos que en su primera etapa se estima una gestión de alrededor de tres años. Castillo Vicuña, sostiene que “al analizar los temas fronterizos y limítrofes que ha tenido Chile a lo largo de la historia, se ha podido observar un preocupante desconocimiento de las autoridades y de la población sobre dichos problemas. Todo lo contrario sucede en Argentina”. Algo que nos debe preocupar, porque nadie puede estar ajeno a lo que suceda en CHPS.

En alguna instancia, no sabemos cuando, el Congreso conocerá el informe de la Comisión Mixta. Miguel Ángel Fernández, profesor de Derecho Constitucional precisa que el acuerdo de 1998 “no se autorizó a modificar o alterar el límite fijado en el Laudo Arbitral de 1902. Si, a pesar de lo anterior, se quisiera modificar estas disposiciones se requeriría, primero, la suscripción de un nuevo tratado internacional con Argentina, modificatorio del Laudo Arbitral de 1902; y, segundo, que éste fuera aprobado por el Congreso Nacional”.

Fernández precisa que “cualquiera fuera el resultado de la delimitación a que arribara la comisión de peritos, para precisar el límite, o, aun cuando no se llegara a acuerdo alguno en dicha comisión, ciertamente continúa vigente el límite trazado en el Laudo de 1902, cuyo contenido no se encuentra sujeto a revisión, cambio o discusión”.

Fernández agrega que “si del resultado del proceso de precisión que debe llevarse a cabo por peritos designados por Chile y Argentina, conforme al Acuerdo de 1998, se derivara una modificación del límite establecido en el Laudo de 1902, provocando una eventual cesión de parte de nuestro territorio, tal acto sería nulo, conforme a la Constitución”.

¿Por qué?

–Porque los órganos del Estado sólo pueden hacer aquello que expresamente se les ha autorizado y, en este caso, no existe autorización para enmendar el límite –y menos para ceder territorio– sino apenas para precisarlo.

¿Qué pasa si a pesar de todo el Gobierno adoptara un acuerdo?

–Si eso sucediera e implicara modificación del límite en la zona en cuestión, sin la aprobación del Congreso, dicha decisión también sería nula y podría ser impugnada ante el Tribunal Constitucional, a requerimiento de la cuarta parte de los miembros en ejercicio de la Cámara o del Senado.

Al término de su misión, la Comisión Mixta emitirá un informe que será presentado a los respectivos presidentes de la República. Si no hay acuerdo, el tema queda abierto, a un nuevo tribunal arbitral, por ejemplo. Es una historia larga. Conviene que las cartas estén puestas sobre la mesa y que los distintos actores asuman su responsabilidad.

 


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